La pesca industrial se viene realizando desde hace varias décadas por embarcaciones y empresas nacionales que trabajan con motonaves matriculadas en otros países (Castro et al., 1999). Entre los periodos 1970- 2001, el Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura (INPA, 2001), reporto 611 permisos de pesca a embarcaciones extranjeras en la isla. Sin embrago, para el 2005 se encontraban vinculada a la pesquería industrial 27 empresas con una flota integrada por 50 embarcaciones dedicadas exclusivamente a la pesca blanca y 36 principalmente a la extracción de langosta espinosa y de manera alterna a la pesca blanca, para este periodo no se había hecho pesca a escala industrial por los raizales; por esa razón no existía una flota pesquera local desarrollada. La gente que se dedicaba a la pesca artesanal lo hacían en cayos cercanos a las islas..
La actividad pesquera a nivel industrial mostraba una notable presencia, donde se obtenía diversos recursos de importancia comercial como la langosta espinosa Panulirus argus, caracol pala Aliger gigas y peces demersales (pargos, meros, chernas, entre otros) (Márquez y Pérez, 1992). Para la captura de la fauna íctica se utilizaba en la mayoría de las veces el palangre horizontal de fondo o "long line", que es un arte de pesca compuesto de anzuelos y cordeles izado hasta 400 m de profundidad, para los moluscos el buceo libre a pulmón en muchas ocasiones con la ayuda de equipo autónomo /semiautónomos y las nasas.
Si bien con el fallo de la Corte Internacional de Justicia del 2012 gran parte de la flota industrial abandonó San Andrés, (Márquez, 2014). Debido, a que el fallo impide movilizarse más del meridiano 82 por aguas nicaragüenses y los pescadores industriales temen las medidas que implementen los Guardacostas de este país. En la actualidad por ley, la pesca en aguas colombianas sólo puede llevarse a cabo por embarcaciones de bandera colombiana, o extranjera cuando hayan sido contratadas por empresas colombianas, con las debidas características establecidas para las motonaves industriales indicadas en la Resolución N° 3347 de 7 de mayo del 2019. Así mismo, solo se autoriza para la pesca de langosta espinosa Panulirus argus y pesca blanca. Los artes de pesca autorizados son las nasas y palangre vertical (reel).
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